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La tributación de Criptomonedas, NFT y otros activos digitales aún está en su infancia en EE. UU
El camino hacia la tributación de los activos digitales en EE. UU. aún está en su infancia. Como ocurre con cualquier tipo nuevo de propiedad, queda mucho por hacer para designar adecuadamente estos activos dentro de una determinada clase impositiva.
Si bien la tributación de las Criptomonedas, los tokens no fungibles ( NFT ) y sus transacciones relacionadas todavía tiene áreas grises, se puede decir mucho sobre lo que se sabe, y lo que seguramente contribuirá a la configuración de un protocolo fiscal para los activos digitales.
Tony Tuths es líder de práctica de activos digitales y director de impuestos a las inversiones alternativas en KPMG LLP. Este artículo es parte de la Semana de Impuestos de CoinDesk .
Identificar un cubículo fiscal
Se están tomando varias posiciones tributarias y, por lo tanto, se muestran al Servicio de Impuestos Internos sobre las declaraciones de impuestos presentadas en los últimos años, una indicación de que el mercado está llegando a un consenso sobre cómo se deben clasificar y gravar ciertos activos y transacciones digitales. Sin embargo, si el IRS estará de acuerdo con estos “cubículos fiscales” es otra cuestión completamente distinta.
También hay participantes de la industria que creen que los activos digitales deberían requerir nuevas reglas fiscales debido a su novedad, aunque yo diría que cada activo y transacción, sin importar cuán nuevo o antiguo sea, siempre ha encajado en un cubículo existente en el sistema fiscal de EE. UU. . El gobierno puede redactar reglas especiales con respecto al tratamiento del nuevo activo dentro del cubículo, pero habrá un cubo de impuestos existente para cada nueva idea.
Definición del tratamiento fiscal de las criptomonedas
Las Cripto son a la vez una propiedad fungible que se puede transferir en una cadena de bloques y una reserva de valor, capital o producto respaldado por activos. En este sentido, las Cripto se parecen a un producto financiero (piense en acciones o materias primas). En otros casos, las Cripto pueden representar tokens de gobernanza y plataforma, que siguen siendo propiedad, pero quizás más como propiedad genérica que como activos financieros.
El IRS ha declarado que las Cripto deben tratarse como propiedad, pero el Aviso del IRS de 2014 no especificó el tipo de propiedad (acciones, productos básicos, personales o comerciales) ni separó las Cripto en diferentes tipos de propiedad. Activos como las NFT solo complican la cuestión de si todas las Cripto realmente deberían recibir el mismo trato a efectos fiscales.
Gravar las ganancias y pérdidas
El estado actual de los impuestos a las Cripto se puede resumir de esta manera: la venta de Cripto produce una ganancia o pérdida de capital (excepto para los comerciantes), y lo que es a largo o corto plazo depende del período de tenencia. Los contribuyentes pueden elegir qué lotes de Cripto venden a efectos fiscales para minimizar los impuestos.
Ciertas reglas anti-abuso, como la regla de venta de lavado y la regla de venta constructiva, no se aplican a las Cripto (estos estatutos usan los términos «acciones» y «valores»), pero sí se aplican otras reglas. Por ejemplo, las reglas mixtas afectan a los “bienes personales comercializados activamente”. Las reglas de venta corta también se aplican a las Cripto , pero las reglas anti-abuso incorporadas no porque se refieren solo a acciones y valores. Estos son sólo algunos de los matices fiscales que hay que tener en cuenta.
Contabilidad para apuestas y minería.
Ciertas transacciones de ingresos Cripto son únicas y presentan consideraciones fiscales especiales. Por ejemplo, el mercado trata las apuestas (operar un nodo y verificar transacciones a cambio de tokens de recompensa) como algo similar a la minería a pesar de la falta de orientación fiscal para las apuestas. La minería se trata como un negocio de servicios y, si se realiza dentro de los EE. UU., genera impuestos estadounidenses para los participantes no estadounidenses.
Sin embargo, el mercado ha adoptado la posición de que la participación delegada (contratar con una parte no relacionada para bloquear los tokens en nombre de un nodo propiedad de ese tercero y operado por él) no es un negocio. Con esta convención, el mercado ha formado una posición fiscal en la que las personas no estadounidenses no están sujetas al impuesto sobre la renta neta estadounidense cuando un administrador Cripto estadounidense participa en apuestas delegadas en su nombre.
Por supuesto, las recompensas de las apuestas delegadas tienen sus propios problemas fiscales. Para las personas no estadounidenses, estas recompensas pueden estar sujetas a retención de impuestos en los EE. UU. si dichas recompensas se obtienen en los EE. UU. Los diferentes tipos de ingresos tienen diferentes reglas de obtención según el código tributario.
Sin embargo, no existe ninguna regla para apostar recompensas. El mercado ha adoptado la posición de que las recompensas por apostar deben obtenerse de la ubicación de la actividad y del nodo informático. Si bien no está claro si este es el camino correcto, casi todos los validadores con sede en EE. UU. han colocado sus operaciones de participación fuera de EE. UU. para este propósito.
Las recompensas de las Finanzas descentralizadas ( DeFi ) sufren un problema de obtención de impuestos más grave. Debido a que es imposible localizar la fuente física de las recompensas DeFi, el mercado se ha unido a la idea de que las recompensas DeFi se entregan al destinatario, evitando así todos los problemas fiscales. DeFi presenta cuestiones fiscales que van mucho más allá del alcance de este artículo, la menor de las cuales es la cuestión de si las actividades de DeFi deben considerarse parte de una asociación de facto y gravarse en consecuencia.
¿Todos los activos se crean por igual?
Con la introducción de las NFT, el mundo de los impuestos a los activos digitales se volvió infinitamente más complicado. Nuevamente, los impuestos dependen del tipo de propiedad y en qué cubículo fiscal se ubica una propiedad. Dicho esto, dado que los NFT pueden representar prácticamente cualquier cosa, desde una entrada a un concierto hasta una obra de arte y la escritura de una casa, cada tipo de propiedad pertenece a un cubículo diferente.
Aplicar una doctrina fiscal general a las NFT sería inútil. Sólo la propiedad subyacente a la NFT puede dictar el tratamiento fiscal. Además, muchas NFT tienen contratos integrados, como licencias y acuerdos de regalías, y podría decirse que deberían tributarse de forma independiente.
Con el tiempo, EE. UU. desarrollará una estructura más sólida para gravar las Cripto, las NFT y las transacciones relacionadas. Sospecho que veremos impuestos basados en la sustancia de un activo en lugar de su título. No todas las Cripto o NFT deberían pagar ni pagarán los mismos impuestos. Mientras tanto, los contribuyentes tienen la oportunidad de unirse en torno a determinadas posiciones fiscales e influir en el trato preferido. Y a medida que evolucione el uso de blockchain y Web3, también lo hará el sistema tributario, un cubículo a la vez.